Colaboración Público-Social
La cooperación público-social se viene revelando en los últimos años como una necesidad de las sociedades complejas que habitamos, en las que el binomio público-privado ha quedado superado por la presencia cada vez más activa de la sociedad civil.
La ordenanza introduce y regula el concepto de colaboración público-social a través de un marco para distintas actividades que ya se venían realizado como la cesión de espacios, ampliando las posibilidades de reconocimiento del Ayuntamiento a distintos agentes con un registro no solo de entidades sino también de proyectos, e introduciendo nuevos servicios ad-hoc, como Crash!, una oficina física que cede recursos (desde sillas, hasta equipo de sonido, mesas o carpas para proteger del sol) para las actividades de las asociaciones en espacios públicos.
Esta ordenanza regula distintos tipos de colaboraciones entre el Ayuntamiento de Madrid, y el tejido social en la ciudad:
- Cesión de espacios para el desarrollo de proyectos
- Desarrollo de proyectos cooperativos impulsados por las instituciones a través del Fondo para el Reequilibrio Territorial y otras actividades municipales realizadas en articulación con entidades sociales como los convenios de dinamización.
- Extensión de las propuestas de Compra Pública Innovadora a entidades sin ánimo de lucro.
- Articulación de los 50 huertos urbanos gestionados por asociaciones de vecinas u otras entidades ciudadanas
- Otras colaboraciones específicas como la creación de un Rocódromo en colaboración con la Federación Madrileña de Montañismo, o el proyecto de inclusión a través del deporte en Lavapiés, junto con el Club Los Dragones y el Fundación Atlético de Madrid.
La ordenanza trata, en definitiva, de dar respuesta a las necesidades y problemas de la ciudadanía desde la solidaridad y la cooperación para crear proyectos que aportan valor y una utilidad social que quedan fuera tanto de la lógica administrativa de prestación de servicios públicos, como de la lógica del mercado y su afán de lucro.